Tribunal Laboral. Está a cargo de los tribunales de
Primera Instancia y Superiores Laborales, quienes actúan como tribunales
unipersonales. Conocen de los procedimientos de estabilidad laboral,
prestaciones sociales, recursos de nulidad contra los actos
administrativos del Ministerio del Trabajo o Inspectoría del Trabajo,
recursos de amparo. Se rige por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
(2002).
Tribunal Contencioso administrativo. Se encarga de anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder. Estos tribunales pueden condenar el pago de sumas de dinero y reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad administrativa, conocerán igualmente de reclamos por la prestación de servicios públicos, así como disponer de lo necesario para el restablecimiento de las situaciones judiciales subjetivas lesionadas por la actividad administrativa.
Tribunal Tributario. Regula todo acto que sea emitido o afecte a cada uno de estos elementos: En el ámbito nacional, lo relacionado con la organización, recaudación administración y controlde los impuestos sobre la renta; sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos; el capital; la producción; el valor agregado; los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas;
cigarrillos y demás manufacturas del tabaco y, como si fuera poco, de manera residual, los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios de acuerdo con la Constitución y la Ley.
En cuanto a los estados, lo relacionado a los impuestos, tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales; el producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.
Por último, los municipios tendrán para sí: los impuestos sobre actividades económicas
de industria, comercio, servicios, o de índole similar; los impuestos sobre inmuebles Urbanos; sobre vehículos; espectáculos públicos; juegos y apuestas lícitas; propaganda y publicidad comercial; la contribución especial sobre plusvalías de las propiedades sobre
cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística; el de territorio rural o sobre predios rurales; la participación en la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme la ley de creación de esos tributos. Todo esto enmarcado en el Código orgánico tributario y Ley Organica del Regimen Tributario.
Tribunal Contencioso administrativo. Se encarga de anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder. Estos tribunales pueden condenar el pago de sumas de dinero y reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad administrativa, conocerán igualmente de reclamos por la prestación de servicios públicos, así como disponer de lo necesario para el restablecimiento de las situaciones judiciales subjetivas lesionadas por la actividad administrativa.
Tribunal Tributario. Regula todo acto que sea emitido o afecte a cada uno de estos elementos: En el ámbito nacional, lo relacionado con la organización, recaudación administración y controlde los impuestos sobre la renta; sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos; el capital; la producción; el valor agregado; los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios; los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas;
cigarrillos y demás manufacturas del tabaco y, como si fuera poco, de manera residual, los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios de acuerdo con la Constitución y la Ley.
En cuanto a los estados, lo relacionado a los impuestos, tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales; el producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.
Por último, los municipios tendrán para sí: los impuestos sobre actividades económicas
de industria, comercio, servicios, o de índole similar; los impuestos sobre inmuebles Urbanos; sobre vehículos; espectáculos públicos; juegos y apuestas lícitas; propaganda y publicidad comercial; la contribución especial sobre plusvalías de las propiedades sobre
cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística; el de territorio rural o sobre predios rurales; la participación en la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme la ley de creación de esos tributos. Todo esto enmarcado en el Código orgánico tributario y Ley Organica del Regimen Tributario.
Tribunal Agrario. Este tribunal comprende las
competencias atribuidas a todas las acciones que por cualquier causa,
sean intentadas con ocasión a la actividad u omisión de los órganos
administrativos en materia agraria, incluyendo el régimen de los
contratos administrativos, el régimen de las expropiaciones, las
demandas patrimoniales y demás acciones con arreglo al derecho común que
sean interpuestas contra cualesquiera de los órganos o los entes
agrarios. Se rige por Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2005).
Tribunal Mercantil. Es una jurisdicción de carácter
ordinaria, y su competencia está contemplada en el artículo 1.090 del
Código de Comercio. Entre éstas destacan: (a) Conocer de las causas
mercantiles que les atribuya el Código de Comercio, (b) Conocer en
segunda y última instancia de las causas e incidencias decididas en
primera instancia por los Juzgados de Municipio en materia mercantil,
así como también de los recursos de hecho, (c) Transmitir a los juzgados
superiores las quejas que reciba contra los funcionarios inferiores por
omisión, retardo o denegación de justicia o por falta de cumplimiento
de sus deberes, cuando actúen en materia mercantil, a fin de que se siga
el procedimiento legal y haga efectivas las responsabilidades del caso,
(d) Conocer todo lo concerniente a los atrasos y a la quiebra de los
comerciantes, conforme a las disposiciones del Código de Comercio y (e)
Conocer de las acciones entre comerciantes, originadas de hechos
ilícitos, relacionados con su comercio
Tribunal De familia; Es una jurisdicción para
otorgar justicia especializada para los conflictos de naturaleza
familiar. abordar los conflictos familiares en su integridad y otorgar
mayor rapidez y eficiencia a la justicia de familia. Ley de Protección
al Niño, Niña y Adolescente (LOPNA Ley para Protección de las Familias,
la Maternidad y la Paternidad (LPFMP); Ley Orgánica sobre el Derecho de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; Entre las Competencias del
tribunal de familia destacan: – Nulidad del matrimonio.- Patria
potestad: los derechos y deberes que el padre y/o la madre tienen sobre
los bienes de sus hijos menores de edad.-Separación de bienes en el
matrimonio.-Violencia intrafamiliar.

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